viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº1537

Sucesos | 18 jul 2020

El plenario de la UCR decidió que las elecciones internas se realicen el 11 de octubre


El plenario del Comité de la provincia de Buenos Aires de la Unión Cívica Radical, resolvió por quince votos a favor y nueve abstenciones fijar fecha para realizar las elecciones internas del partido para el día domingo 11 de octubre de 2020. También se aclaró que “en caso de existir un impedimento legal, emanado de autoridad provincial y/o nacional, en el marco de la pandemia del COVID-19, que imposibilitara el acto eleccionario en la fecha prevista, es facultad del Plenario de este Comité Provincial realizar las adecuaciones correspondientes”. Además, se apuntó como fecha límite el día 11 de septiembre de 2020 a las 23:59 para la presentación de listas que contengan cargos”. PEHUAJÓ En el distrito de Pehuajó el actual presidente del centenario partido es David López, y para los presentes comicios internos que generalmente tienen lugar en los meses de julio o agosto, y que fueron pospuestos por las medidas preventivas que se llevan adelante por el Covid 19, se presentarían dos candidatas. Por un lado, sería Andrea Lluch, y por otro Graciela Agostinelli, quienes aspiran a conducir los destinos de la UCR en el plano local. Recordemos que López había asumido en septiembre del 2018, en reemplazo de Pedro Goldenberg, al encabezar una lista de consenso. De mantenerse la postura de la presentación de dos espacios dentro del radicalismo, se repetiría lo sucedido en el 2016, cuando Goldenberg derrotó a Pedicino. AUTORIDADES Además de las autoridades en el plano local, también se escogen delegados titulares y suplentes a la convención nacional, delegados al comité nacional, miembros titulares al comité de la provincia de Buenos Aires, con especificación expresa de los candidatos a presidente, vicepresidente, secretario general y tesorero y vocales suplentes, ante la junta electoral partidaria provincial y para los cargos de autoridades locales, delegados titulares y suplentes a la convención provincial, comités de distrito y comités de circuito, ante las autoridades de la junta electoral de la provincia o de distrito según corresponda. las listas presentadas deberán dar cumplimiento con la ley 14848 de paridad de género.
OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias