Municipales | 12 dic 2024
DECRETO MUNICIPAL
Se confirmó el Asueto Administrativo Municipal para el 24 y 31 de diciembre
La medida fue llevada a cabo en conjunto con la secretaria de Gobierno Municipal, Rosa Josefina Ron. El objetivo de la misma es posibilitar a los trabajadores y las trabajadoras municipales, disponer de esos días para el encuentro con sus familias y allegados.
El Intendente Municipal, Pablo Javier Zurro, firmó el Decreto 1964/2024 mediante el cual declara asueto administrativo municipal los días 24 y 31 de diciembre.
La medida fue llevada a cabo en conjunto con la secretaria de Gobierno Municipal, Rosa Josefina Ron. El objetivo de la misma es posibilitar a los trabajadores y las trabajadoras municipales, disponer de esos días para el encuentro con sus familias y allegados. A continuación, compartimos el decreto completo:
El texto del decreto expresa:
“VISTO: El Expediente Nº 4085-46568/I/2024, la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Bs. As., el Decreto Ley 6769/1958 y el Convenio Colectivo de Trabajo, y
CONSIDERANDO:
Que, el agente municipal es fundamental en el desarrollo de todas las acciones que día a día se brindan a la comunidad para el bienestar general de todos los vecinos
Que, con motivo de la celebración de las fiestas de Navidad y Año Nuevo y para que los agentes municipales puedan festejar con sus seres queridos, sobre todo aquellos que deben trasladarse a consideradas distancias, este Departamento Ejecutivo Municipal considera que, una forma de reconocer su trabajo, sería efectuar un agasajo y en este marco, otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre.
Que, la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto -Ley 6769/1958- Ley Orgánica de las Municipales.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL del PARTIDO de PEHUAJO
DECRETA
ARTICULO 1º.- Dispónese asueto administrativo para todas las áreas dependientes de la comuna los días 24 y 31 de Diciembre de 2024, con motivo de las fiestas de Navidad y Año Nuevo, debiendo adoptarse las providencias pertinentes para implementar guardias en las áreas indispensables.
ARTICULO 2º.- Regístrese, cúmplase y notifiquese”.